| Propiedad Intelectual |
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| Escrito por Iveth Garcia |
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Propiedad Intelectual sobre contenidos y soportes Digitales. En Venezuela no existe como tal este registro, sin embargo, es necesario que este proceso se comience a implementar el organismo correspondiente que en este caso seria SAPI. Una Página Web está formada por elementos preexistentes y por elementos de nueva creación. Los elementos preexistentes pueden ser susceptibles de protección intelectual cuando sean dibujos, videos, texto o fotografÃas, por ejemplo. Asà es que para poder incluir estos elementos en un Web Site será necesaria la autorización de sus titulares, a no ser que estas obras sean de dominio público. SerÃa recomendable que la autorización se realice por escrito y que se recojan las actividades que se pueden realizar, es decir, si se autoriza o no una comunicación pública o una reproducción. Por lo que se refiere a los elementos de nueva creación, es aconsejable pactar la cesión de los derechos de explotación que se consideren necesarios. Cuando ya se tienen las autorizaciones sobre las obras que van a estar recogidas en la Página Web, es necesario protegerla en su conjunto, para poder probar la titularidad de la Página.Inscripción en el Registro de Propiedad Intelectual: se pueden inscribir los contenidos, el código fuente y el diseño. El inconveniente de este mecanismo está en que cada vez que cambie alguno de estos elementos, será necesario inscribirla nuevamente. Depósito notarial: el Acta que se levante deberá recoger los elementos que se depositan, es decir, contenidos, código fuente y diseño y las circunstancias que hacen de la Página Web como una obra única. El inconveniente de este mecanismo radica en su alto coste en relación con el mecanismo anterior. PROPIEDAD INTELECTUAL - ROBO DE DOMINIOS Protección de Información y Derechos de Autor. Reglas para evitar problemas y ocupación de dominios: Poseer el dominio en Internet de una empresa es indispensable y como un activo de la compañÃa se debe proteger y mantener adecuadamente. Comprobar siempre la titularidad del dominio cuando la empresa subcontrata el servicio de registro de dominios, ésta debe comprobar que el registro se hizo a su nombre, y no al del intermediario. Cuidado con los paquetes o promociones que regalan el dominio, ya que la titularidad del mismo puede pertenecer a la compañÃa de la promoción.Falsas renovaciones puede ocurrir que empresas registradoras con pocos escrúpulos anuncien la caducidad |
















































